Factura electrónica y boleta electrónica

Factura electrónica y boleta electrónica: qué cambia para las pymes chilenas desde 2026

Un almacén de barrio que cobra con una máquina de pago móvil, sin impresora, lleva años emitiendo boletas electrónicas sin entregar ningún papel al cliente. Esa rutina, que parecía resuelta para siempre con la digitalización, volvió a cambiar: desde 2026 el Servicio de Impuestos Internos exige que esa boleta llegue al comprador de una forma u otra, impresa o digital, pero nunca inexistente.

La obligación que ya está vigente: entrega impresa

Desde mayo de 2025, los comercios que cuentan con impresora están obligados a entregar al cliente la representación impresa de la boleta electrónica o del comprobante de pago electrónico en cada venta presencial. No es una opción ni un gesto de buena atención: es un requisito formal que el SII fiscaliza como parte de las obligaciones de emisión de documentos tributarios.

Lo nuevo para 2026: la entrega digital para quienes no tienen impresora

El cambio que entra en vigencia en marzo de 2026 resuelve el caso de los negocios que cobran con dispositivos móviles de pago sin impresora integrada. Para ellos, la obligación se cumple entregando la boleta en formato digital, a través de correo electrónico, SMS, WhatsApp, un código QR u otro medio electrónico equivalente. Lo que no cambia es el fondo de la exigencia: el cliente debe recibir su comprobante, sea en papel o en pantalla.

Un detalle adicional que entra en vigencia en enero de 2026 simplifica un poco el trámite: ya no es obligatorio incluir el timbre electrónico dentro de la representación impresa de la boleta, lo que reduce un requisito gráfico que antes complicaba el diseño del comprobante.

ObligaciónDesde cuándoA quién aplica
Entrega impresa de la boletaMayo de 2025Comercios con impresora
Entrega digital (correo, SMS, WhatsApp, QR)Marzo de 2026Comercios sin impresora integrada
Timbre electrónico ya no obligatorio en la impresiónEnero de 2026Todos los comercios que imprimen boleta

Fuente: elaboración propia con información de resoluciones del SII recogidas por medios especializados en facturación electrónica en Chile.

Por qué la medida generó tanto ruido

La exigencia de imprimir boletas no llegó sin resistencia. Más de 600 mil equipos de pago móvil (mPOS) en manos de pequeños comerciantes quedaron en una situación incierta, porque muchos de esos dispositivos no tienen impresora integrada y obligar a cambiarlos implica un gasto tecnológico que la industria de pagos calificó de injustificado. Un representante del sector lo resumió así: la medida implicaba que los comerciantes debían incurrir en nuevos gastos adicionales, incluso teniendo que modificar sistemas que ya funcionaban correctamente.

La Cámara de Comercio de Santiago advirtió además sobre un riesgo mayor: que varios pequeños comerciantes, frente al costo de adaptarse, optaran por volver a cobrar en efectivo, lo que complicaría la fiscalización tributaria en vez de facilitarla. El sector gastronómico y las fintechs plantearon una contradicción de fondo: el SII ya recibe reportería digital diaria de todas estas transacciones, así que exigir papel de vuelta pareció, para varios actores, un paso hacia atrás en plena era digital.

Qué debe hacer tu negocio hoy

Si el negocio ya cuenta con una impresora conectada a su sistema de punto de venta, la obligación de entrega impresa ya está vigente desde 2025 y debe cumplirse en cada venta. Si el negocio opera con un dispositivo móvil sin impresora, el plazo para adaptarse a la entrega digital vence en marzo de 2026, y conviene definir con anticipación qué canal usará para hacer llegar la boleta: correo, SMS, WhatsApp o un código QR que el cliente pueda escanear en el momento de la compra.

Lo que no cambia

Independientemente del canal de entrega, la boleta sigue debiendo emitirse de forma electrónica ante el SII en el momento de la venta, como ya ocurre desde que la boletización electrónica se volvió obligatoria para la gran mayoría de los contribuyentes. El cambio de 2026 no afecta el momento ni la forma de emisión ante el SII: afecta únicamente cómo ese comprobante llega finalmente a manos del cliente.

Preguntas frecuentes

¿Mi negocio sin impresora puede seguir cobrando sin entregar ningún comprobante?

No. Desde marzo de 2026, debe entregar la boleta en formato digital por algún medio electrónico, como correo, SMS, WhatsApp o un código QR, aunque no tenga impresora.

¿Tengo que imprimir el timbre electrónico en la boleta?

Desde enero de 2026 ya no es obligatorio incluirlo en la representación impresa, lo que simplifica el diseño del comprobante.

¿Por qué se generó polémica con esta medida?

Porque más de 600 mil equipos de pago móvil sin impresora quedaron en una situación incierta, y adaptarse implicaba un gasto tecnológico para pequeños comerciantes, además del riesgo de que algunos volvieran al efectivo para evitar ese costo.

¿Esto cambia cómo emito la boleta ante el SII?

No. La emisión electrónica ante el SII se mantiene igual. El cambio afecta solo cómo el comprobante llega al cliente, sea impreso o digital.

Sobre esta nota: Este artículo se elaboró con información de resoluciones del Servicio de Impuestos Internos y análisis de medios especializados en facturación electrónica y de la Cámara de Comercio de Santiago, con fecha de revisión al 2 de octubre de 2026. Se recomienda verificar los plazos y requisitos vigentes directamente en el portal del SII.